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Pensión de Viudez IPS

Descripción

Es la tramitación de Solicitud de Pensión de Viudez efectuada por la (él) viuda(o) de un(a) ex- imponente o pensionado(a) de alguna de las ex Cajas de Previsión hoy fusionadas en el IPS.

¿A quién está dirigido?

A la o él cónyuge sobreviviente de un imponente o pensionado(a) fallecido, que resida en el exterior y que cumpla con los requisitos de acuerdo a la ex – Caja de Previsión a la que se encontraba afiliado(a) o pensionado(a).

Requisitos:

¿Cómo y dónde hago el trámite?

  • Tome contacto con el Consulado chileno correspondiente al lugar donde reside y solicite un turno.
  • Explique el motivo de su consulta: solicitar la pensión de viudez del IPS para chilenos residentes en el extranjero.
  • Recopile los antecedentes requeridos.
  • Como resultado del trámite, habrá solicitado la pensión de viudez del IPS. El plazo de respuesta depende de cada caso, ya el Ministerio de Relaciones Exteriores actúa como un intermediario con las instituciones correspondientes.

¿Cual es el costo del trámite?

Este trámite no tiene costo.


IMPORTANTE
:
Es preciso destacar que cada una de las ex – Cajas fusionadas en el actual IPS, tienen según su normativa particular, distintas exigencias respecto de los requisitos para obtener el derecho a Pensión de Viudez. Por ejemplo en algunas de las ex – Cajas de Previsión, el viudo inválido podrá tener derecho a este beneficio. Para conocer información detallada sobre los requisitos correspondientes a las distintas ex – Cajas fusionadas en el IPS visite el siguiente link: IPS

Los receptores de una pensión o beneficio del Instituto de Previsión Social, residentes en Argentina o Suecia podrán prescindir de la presentación de los requisitos: "Certificado Bancario y Formulario de Antecedentes Bancarios" exigido para el pago de su beneficio en el exterior y solicitar que sean remitidos a través de la empresa Western Unión, lo que deberán hacer presente ante el Consulado donde efectúen la solicitud de beneficio correspondiente.

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